Reglamento del procedimiento para la obtención de las becas

bases

EDPR y Vestas se rigen por el presente reglamento, siendo la Comisión de Seguimiento y el Jurado de Atribución responsables de su interpretación, aplicación y resolución.

Los criterios de selección y fundamentos de decisión, incluyendo el de asignación de la Beca a los seleccionados, son de la exclusiva competencia y conocimiento de los promotores de la iniciativa.

Las decisiones de la Comisión de Seguimiento y del Jurado no pueden ser objeto de reclamación o recurso, siendo siempre, y bajo cualquier circunstancia, incuestionables y definitivas.

Los promotores del Keep it local se reservan el derecho a que las becas queden desiertas total o parcialmente cuando a jucio de la Comisión de Seguimiento y del Jurado, no concurran a las mismas solicitantes suficientes que cumplan los requisitos para ser merecedores de la beca por no reunir méritos requeridos para ello.

La formalización de la solicitud significa la aceptación, sin reservas ni condicionamiento alguno, de las presentes bases, y de los términos y del reglamento del proceso de adjudicación de las becas Keep it local, e incluye la autorización expresa para la comprobación de la autenticidad de las respectivas declaraciones.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado/a para que en el plazo máximo de 5 días naturales subsane la falta o acompañe los documentos con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

La persona que resulte beneficiaria de la beca perderá el derecho a la misma en los siguientes casos:

  • La omisión de información que, de haberse conocido, ésta hubiera implicado la no concesión o su concesión a favor de otra persona.
  • La presentación de información o documentación falsas.
  • La no asistencia reiterada a las clases presenciales o jornadas prácticas. Se considerará reiterada la inasistencia a más de un 5% de las clases o jornadas prácticas.
  • La baja del alumno del curso o de las jornadas prácticas, ya sea por voluntad propia, o por motivos disciplinarios antes de la finalización del mismo.

 

En todos estos casos, el alumno/a estará obligado al reembolso inmediato de una cantidad igual al importe de la matrícula del curso cuyo importe asciende a 1.808€.

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Testimonios